| REGLAMENTO DEL
X CONGRESO ARGENTINO DE
DERECHO SOCIETARIO Y
VI CONGRESO IBEROAMERICANO DE DERECHO SOCIETARIO Y DE LA EMPRESA
OBJETIVOS: El Congreso tiene por objetivos: El estudio e intercambio de ideas y opiniones respecto de la problemática de los sistemas asociativos, en especial en lo referido a la Sociedades Comerciales, su estructuración y desenvolvimiento, al igual que en materia de crisis empresarias y de insolvencia, contribuyendo a la configuración de corrientes doctrinales y jurisprudenciales en la materia. Analizar el derecho iberoamericano, así como el estimular la participación interdisciplinaria en relación con las materias propuestas.
Art. 1. SEDE. El X CONGRESO ARGENTINO DE DERECHO SOCIETARIO y VI CONGRESO IBEROAMERICANO DE DERECHO SOCIETARIO Y DE LA EMPRESA, se celebrará en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, del 19 al 22 de octubre de 2010.
Art. 2. ORGANIZACIÓN. La dirección académica estará a cargo del Instituto de Derecho Económico “Isaac Halperin” de la Fundación apra la Investigación y Desarrollo de las Ciencias Jurídicas Serán Autoridades Institucionales del Congreso a) Las Presidencias (integrada por el Presidente de la Fundación para la Investigación y Desarrollo de las Ciencias Jurídicas y el Director del Instituto de Derecho Económico “Isaac Halperin” de dicha Fundación: b) la Comisión Académica - integrada por los delegados de las Instituciones Organizadoras y otros Miembros que se designen- y c) la Comisión Organizadora, designada por las Presidencias. La organización administrativa y financiera estará a cargo de la Fundación para la Investigación y Desarrollo de las Ciencias Jurídicas.
Adicionalmente, el Congreso contará con una Comisión de Honor, integrada por los Señores Redactores de las leyes 19.550 y 22.903 que se encuentren en condiciones de participar en el evento.
Art. 3. MIEMBROS. Serán Miembros Titulares los Profesionales del Derecho y las Ciencias Económicas que (i) asistan al evento y (ii) presenten ponencias. Serán Miembros Asistentes los inscriptos que asistan quienes podrán asistir a los actos científicos programados. El uso de la palabra, se realizará con la autorización expresa del Presidente de la Comisión
Art. 4. PRESENTACIÓN DE PONENCIAS. El Trabajo en Comisiones se llevará a cabo sobre la base de ponencias presentadas previamente, que se recibirán en la sede de la Fundación para la Investigación y Desarrollo de las Ciencias Jurídicas (Rodríguez Peña 647, PB, Ciudad de Buenos Aires), hasta el 23 de agosto de 2010 a las 9 hs. Las ponencias deberán presentarse por escrito, adjuntando además en soporte magnético, o e-mail a la dirección: fundacion@datamarkets.com.ar) en programa Word versión 5.0 (o superior) para Windows, además de dos copias escritas y firmadas por el autor del trabajo. Deberán enunciar en una carátula nombre y apellido del autor o autores, título que identifique el trabajo y número y nombre de la comisión a la que corresponda la ponencia según el temario, además deberá contener un sumario de su contenido, en una página como máximo y su fundamentación - que no podrá exceder de seis(6) páginas a simple espacio, incluidas citas, notas y bibliografía -. Los trabajos deberán ajustarse estrictamente a los temas vinculados en forma directa e indubitable con el temario aprobado para el Congreso. La Comisión Organizadora podrá excluir aquellos trabajos o ponencias que no se ajusten estrictamente a los temas del Congreso o que carezcan de valor científico. La presentación de las ponencias implicará la cesión de los derechos de autor para su publicación por parte de las entidades organizadoras del Congreso. No se aceptaran ponencias sin previo pago de la Inscripción
Art. 5. PRESENTACION FUERA DE TÉRMINO. Los trabajos que fueran presentados después del15 de agosto de 2010, solo serán considerados durante el transcurso del Congreso si la Comisión Organizadora lo autoriza en forma expresa, e incorporándolos —si hubiere tiempo disponible— al final del trabajo de todas las comisiones. La reproducción de los trabajos presentados fuera de término quedará a cargo exclusivo del ponente y no integrarán la publicación oficial del Congreso.
Art. 6. INSCRIPCIONES. Las inscripciones se recibirán hasta el 19 de Octubre de 2010.
Art. 7. ACTIVIDAD ACADÉMICA. La actividad durante el Congreso incluirá trabajo en comisiones, paneles y conferencias.
Art. 8. COMISIONES. Durante el Congreso funcionarán las siguientes Comisiones: Comisión Número 1: Personalidad Jurídica – Tipicidad Societaria; Comisión Número 2: Conflictos Societarios y Comisión Número 3: Información Societaria, Derecho Contable y Transparencia en el Mercado.
Cada comisión podrá contar con subcomisiones, a criterio exclusivo de la Comisión Organizadora cada una dedicada al tratamiento de los temas previstos. Las subcomisiones podrán sesionar simultánea o sucesivamente.
Art. 9. AUTORIDADES DE LAS COMISIONES. Cada Comisión contará con una Mesa Directiva integrada por las siguientes autoridades: Presidente y Vicepresidente, Presidente y Vicepresidente de cada subcomisión —si las hubiere—, Relatores y Secretarios de Actas, de la Comisión y de las subcomisiones. La Mesa Directiva fijará el orden de exposición de los trabajos, quedando a cargo del Presidente de cada Subcomisión o, del Vicepresidente en su ausencia, conferir el uso de la palabra y fijar las condiciones que aseguren el mejor tratamiento de los temas y la intervención de los participantes.
Art. 10. FORMA DE TRABAJO EN LAS COMISIONES. En cada una de las Comisiones la labor se llevará a cabo de la siguiente manera:
a) La actividad comenzará con una presentación del tema a cargo de un Relator General designado por la Comisión Organizadora. El tiempo previsto es de 5 minutos.
b) A continuación, los autores de ponencias que estén presentes y que tengan interés en ofrecer su exposición, tendrán 5 minutos para brindar una síntesis de los aspectos controvertidos.
c) Expuestas todas las ponencias en la forma indicada e informadas a los participantes las de los ponentes ausentes, el presidente abrirá el debate sobre el tema otorgando la palabra a los interesados que así lo soliciten. Las intervenciones deberán ser breves y sobre aspectos concretos.
d) El Presidente podrá permitir que el Relator General o los autores de las ponencias contesten preguntas que se les formulen, brinden mayores precisiones sobre algún aspecto en particular o para ejercer el derecho a replicar. La Mesa Directiva de la Comisión podrá ampliar o reducir el tiempo asignado a cada Intervención según la cantidad de trabajos presentados, la importancia del tema sobre el que versa la ponencia o el interés demostrado por los participantes. El Relator deberá registrar las ponencias según el orden en que se presenten, consignando las intervenciones más relevantes.
IMPORTANTE: la Comisión Organizadora se reserva el derecho —a su sólo criterio y sin posibilidad de interponer recurso alguno respecto de su decisión—, para el caso en que resulte escaso el tiempo asignado a los bloques de comisiones en relación con la cantidad de trabajos —ponencias— presentadas, de designar relatores especiales que sinteticen, agrupen y expongan en forma global la ponencias y trabajos presentados por los participantes en el Congreso. En este último caso, los autores de trabajos no tendrán el derecho a exponer en forma individual y personal su trabajo, aunque podrán participar haciendo uso de la palabra en el debate posterior, si lo hubiere.
Art. 11. CONCLUSIONES DEL TRABAJO EN COMISIONES. Concluido el trabajo de Comisiones, la Mesa Directiva de cada una de ellas se reunirá para redactar un proyecto de conclusiones sobre los temas tratados, de conformidad con las ponencias presentadas y debates desarrollados.
Art. 12. FORMA DE LAS CONCLUSIONES. Las conclusiones deberán ser claras y sucintas, pudiendo contener despachos por mayoría y por minoría como así también cualquier otro aditamento o recomendación que se considere procedente. |